Puede que este post sea largo porque el
tema así lo merece, por eso: adelante, siéntense cómodamente, abran la mente y
reflexionen. He decir que, hasta el momento, no me había dado por bucear en la
situación de Garzón. Sin embargo, la condena del Tribunal Supremo por las
escuchas ya ilegales del caso Gürtel hizo que me picara el gusanillo un poco
más fuerte y empecé a informarme. Poco después, empecé a ver imágenes que han
empezado a circular por la red equiparando a Garzón con la idea de Justicia, o
de apoyo “por la dignidad de las víctimas y de sus familias”, y no pude más que
concluir que estamos todos bastante confundidos.
Primero hay que tener claro que Garzón
está siendo juzgado por tres cosas diferentes: las escuchas ilegales del caso
Gürtel; la investigación contra los crímenes del franquismo; y por un
“supuesto” patrocinio del Banco Santander a unas conferencias que el juez
impartió en EEUU, presuntamente, a cambio de archivar una querella contra
Emilio Botín, presidente del susodicho banco.
La condena de hoy se refiere a las
escuchas ilegales única, independiente y exclusivamente. Recalco esta última
parte porque esta resolución no tiene nada que ver con la investigación contra
los crímenes del franquismo. Así que ni “por la dignidad de las víctimas y sus
familias” ni nada, que parece que estamos confundiendo naranjas con Sandias.
Ya, me centro. Escuchas ilegales del
caso Gürtel. Dice un amigo de un amigo que: "Si hoy día no se hubiera
condenado a este señor, los que intentamos acceder a la Judicatura creeríamos
que tenemos un poder supremo. Y eso no es así, tenemos el que nos confieren las leyes, para ejercer nuestra potestad
de acuerdo a las mismas y salvaguardando los derechos de los demás. Pero vamos,
que este tío, se ha caracterizado a parte de esto, por ser completamente lo
contrario a la imparcialidad e independencia. Merecido y mucho lo tiene. Por
algo el tribunal ha adoptado la decisión por unanimidad".
Todo esto me ha hecho volver por un
momento a una clase de Derecho Procesal Penal en la Universidad. En ella
estudiamos la “Doctrina del fruto del árbol envenenado”. Según dice, cualquier
evidencia o prueba obtenida con ayuda de información recabada ilegalmente será
inválida. La lógica de esta doctrina es que si la prueba (el ábrol) está corrompido,
entonces cualquier información que provenga de ella (los frutos) también lo
estarán. La consecuencia es simple: la prueba no será admitida ante los
tribunales.
Garzón ordenó la intervención de las
conversaciones privadas entre los principales sospechosos, mientras estaban en
la cárcel, y sus abogados, utilizando la información para intentar juzgarlos
más adelante Esto, a priori, es una clara violación del Derecho a la Defensa
que todo español tiene y el cual es un Derecho Fundamental, recogido como tal
en nuestra Constitución. Según nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley
Penitenciaria sólo hay dos situaciones en las cuales esto sería legal: en casos
de terrorismo y en los que el propio abogado sea sospechoso de cometer un
delito.
En este caso, el juez consideró que los
abogados podían ser cómplices de blanqueo de millones de euros obtenidos de
forma ilegal, y ocultarlos así a la justicia española. Es decir, las escuchas
fueron establecidas considerando que los abogados actuaban en calidad de
personas individuales y no de abogados. Sin embargo, Garzón se olvidó de un
pequeño detalle: algún indicio o prueba que demostrara que los dichosos
abogados estaban en el ajo. Un juez no puede mermar un Derecho Fundamental por
una corazonada. Por mucho que creyera que sí, que estaban blanqueando dinero o,
incluso, cometiendo un asesinato.
Sé que es difícil de entender. Sé que
puede parecer injusto, pero este tipo de garantías se han establecido para
preservar nuestro ámbito privado, nuestros Derechos fundamentales de intimidad
y defensa y para evitar que los jueces tengan tanto poder que puedan establecer
escuchas o seguimiento de cualquiera. Porque si es culpable, qué bien, hemos
atrapado a un delincuente, pero cuando es inocente ¿Qué pasa? Estos Derechos se
establecieron por ese 1% que resulta ser inocente. Porque aunque no es más que
eso, un 1%, merece la pena protegerlo. Si no, nada nos diferenciaría de un
régimen dictatorial.
Así,
técnica y legalmente, la sentencia es correcta y se ajusta a Derecho (en mi
opinión). Por mucho que Garzón haya sido el juez que más ha insistido en la
lucha contra el narcotráfico y la corrupción política, el que intentó
juzgar a dictadores extranjeros y los nuestros propios… Nunca tuvo miedo de
meterse dónde no le llamaban y no se conformaba con lo “políticamente
correcto”. Personalmente, a pesar de su afán mediático, siempre
me ha gustado mucho y creo que es una auténtica pena lo que está pasando.
Sabía cuáles eran las consecuencias de lo que hacía. Sin embargo, parece que llegó un momento en el que no fue consciente
de sus propios límites, de que es juez pero no lo puede todo y que, como todos,
por encima de sí mismo está la ley.
2 comentarios:
Mi impresión es que el texto mezcla dos cuestiones que conviene separar.
La primera es la validez jurídica de las pruebas obtenidas mediante las escuchas. La segunda, bien diferente, es hasta que punto la ordenación de unas escuchas ilegales constituyen un delito de prevaricación.
La primera cuestión está excelentemente explicada en el texto y sobre su ilegalidad parecen existir pocas dudas.
Sin embargo, como tu bien dices, la consecuencia de la obtención ilegal de pruebas es su invalidez en el juicio. Más allá de su anulación, es verdaderamente increíble y desde luego no tiene precedentes el hecho de que la obtención ilegal de pruebas por parte de un juez constituya delito de prevaricación (dictado de una resolución injusta a sabiendas de su injusticia). Para mayor sonrojo del Tribunal Supremo, no conviene olvidar que las escuchas fueron avaladas por el fiscal del caso y consolidadas por el juez que sustituyó a Garzón en la instrucción, con lo que la condena por prevaricación se hace todavía más incomprensible.
A mi no me gusta Garzón (lo que no significa que no me gusten algunas de las cosas que ha hecho). Quizás no haya motivaciones ideológicas detrás de la sentencia y todo se reduzca a venganzas entre colegas de profesión. Sin embargo, lo que si parece claro es que su condena es fruto de una persecución a su persona.
Desde hace unos días confío un poco menos en la justicia espagnola.
Me alegro de que hayas vuelto a escribir.
Saludos desde Londres,
Jorge
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